
Asesoría
(en Alquileres y Compra-Ventas)
En Alquileres
Hemos creado este apartado especialmente para aquellas personas que no saben con exactitud cuál es el procedimiento de alquiler en Perú. Quizá porque se encuentran en el extranjero y/o es su primera vez alquilando un inmueble; asimismo comprende información útil para aquellos propietarios que no tienen mucha experiencia alquilando propiedades y quieren saber qué documentos deben exigir a la hora de arrendar su propiedad.
En ODE-K trabajamos con un sistema muy estricto de selección, tanto de inquilinos como de propietarios, para garantizar la satisfacción constante de amabas partes. A continuación les mostramos cuáles son los pagos a realizar y los documentos a presentar en el momento de la firma del contrato final:
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
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IDENTIFICACIÓN PERSONAL
Puede ser DNI, Pasaporte o Carnet de Extranjería (siempre vigentes). Para aquellas personas extranjeras que aún no cuenten con Carnet de Extranjería en el momento de la firma, pueden firmar con Pasaporte, siempre y cuando cuenten con el permiso para firmar contratos. En caso que una empresa vaya a firmar por uno de sus empleados extranjeros, deberá presentarse el DNI del apoderado de la empresa.
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IDENTIFICACIÓN DEL INMUBLE
Puede ser CRI (Certificado Registral del Inmueble), HR y PU (Hoja de Resumen y Predio Urbano) o TESTIMONIO de Compra-Venta.
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GARANTE
Es la garantía del propietario que cobrará el arriendo en cualquier supuesto. Los GARANTES pueden ser de 2 tipos:
1. GARANTÍA DE LA EMPRESA
(Únicamente será valida en empresas consolidadas y reconocidas)
Garantiza que la empresa se hará cargo del alquiler y posibles desperfectos producidos en el inmueble durante todo el período del contrato.
2. AVAL BANCARIO
En caso de que el cliente no esté contratado por ninguna empresa, deberá presentar un aval bancario (igual o superior a 3-6 mensualidades de alquiler) a nombre del propietario.
PAGOS A REALIZAR
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MES DE ADELANTO
Corresponde al importe de 1 mes de alquiler; se llama “de adelanto” porque el pago del alquiler siempre es por mes adelantado.
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DEPÓSITO, GARANTÍA O FIANZA
Es el importe que se paga al propietario en concepto de garantía. Si al finalizar el período de alquiler existen desperfectos o daños en la propiedad, imputables al mal uso por parte del inquilino, la subsanación de los mismos será descontada del DEPÓSITO. En caso el inmueble se devuelva en las mismas condiciones en las que fue entregado, el DEPÓSITO será devuelto íntegramente al inquilino. En el Perú el importe del DEPÓSITO generalmente es el equivalente a 2 mensualidades de alquiler.
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HONORARIOS DE LA AGENCIA
En el Perú los honorarios de las Agencias Inmobiliarias corren enteramente a cargo de los propietarios y equivalen (según normativa del Perú) a 1 mes de alquiler + IGV (18%).
En Ventas
La compra-venta de un inmueble puede ser un riesgo si no se hace de forma transparente y correcta. Por esta razón hemos creado esta sección explicando la operación básica paso a paso.
Como paso previe los propietarios deben contar con los siguientes documentos básicos en regla:
DNI vigente
CRI (Certificado Registral del Inmueble)
HR y PU (Hoja de Resumen y Predio Urbano)
TESTIMONIO de Compra-Venta
Una vez el cliente se ha decidido por un inmueble los pasos a seguir son los siguientes:
PASO A PASO
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NEGOCIACIÓN DEL PRECIO
Seguramente habrá algunos vaivenes de ofertas y contraofertas antes de acordar un precio final. (En caso de comprar a través de un banco, éste llevará a cabo la tasación de la propiedad.)
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EVALUACIÓN
Una vez llegado a un acuerdo se entrega toda la documentación a evaluación de un abogado.
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ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS
Una vez se cuenta con la aprobación por parte de los abogados se prosigue con la elaboración del Contrato de Arras o de la Minuta de Compraventa.
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ARRAS (PENITENCIALES, CONFIRMATORIAS, ETC.)
El ARRAS es el importe equivalente al 10 % (negociable) del importe del inmueble. En la firma de este contrato se especifica tanto el importe de la Compra-Venta como la fecha de la Escritura. Si la ESCRITURA PÚBLICA de Compra-Venta no se llevara a cabo por causas imputables al comprador, éste perdería lo pagado hasta el momento. Si de lo contrario, la ESCRITURA PÚBLICA de Compra-Venta no se llevara a cabo por causas imputables al vendedor, éste debería devolverle al comprador el doble de lo pagado en concepto de ARRAS.
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ELEVACION DE MINUTA A ESCRITURA PÚBLICA
La Minuta o Contrato de Compra-Venta es el documento por el cual se transfiere la propiedad del bien y que, según el Código Civil Peruano, debe ser firmado por un abogado. Nada más firmada la Minuta, se solicita el bloqueo de la propiedad ante notario, quien elevará a Escritura Pública la Minuta de Compra-Venta. Se paga la totalidad del valor del inmueble y se entrega la posesión del mismo. Al importe de Compra-Venta, el comprador deberá sumarle el Alcabala que equivale al 3% del valor del autoavalúo. En propiedades “de estreno”, es decir, aquellas que se compran sobre planos o en proyecto, no se deberá pagar Alcabala.
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ENTREGA DE LLAVES
Una vez firmada la Escritura y estando cancelados todos los pagos, se hace la entrega de llaves. El notario deberá inscribir la Escritura en la Oficina Registral de Lima y Callao para que la propiedad figure legalmente a nombre del comprador.
PAGOS A REALIZAR
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IMPUESTOS
En caso el vendedor sea peruano domiciliado en Perú deberá pagar el 5% (en concepto de impuestos) sobre la diferencia de precio anterior. En caso el vendedor sea extranjero (o peruano domiciliado en el extranjero) el porcentaje se eleva al 30%.
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GASTOS NOTARIALES
Los gastos Notariales y Registrales que genere la Compra-Venta, así como el pago del impuesto de Alcabala (si este fuera preciso), corren a cargo del Comprador, quien escoge la Notaría.
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HONORARIOS DE LA AGENCIA
En el Perú los honorarios de las Agencias Inmobiliarias corren enteramente a cargo de los propietarios y equivalen (según normativa del Perú) al 5% sobre el precio de venta final + IGV (18%)
